Eximición extraordinaria para el cambio de matrícula profesional de Fonoaudiólogo/a a Licenciado/a

Considerando que la Ley de Regulación del ejercicio profesional de la Fonoaudiología (dictada en octubre de 2020) constituye un importante avance a nivel normativo respecto de la profesión y advirtiendo que la misma contiene previsiones relativas al alcance de los títulos profesionales, el Consejo Directivo de este Colegio Profesional considera necesario impulsar la registración y matriculación en forma de todo el padrón, conforme al título académico que poseen, lo cual constituye una obligación por parte de cada profesional.

Para ello se ha decidido, según Resolución N° 5/2022, brindar un incentivo económico para la registración adecuada de profesionales que cuenten con el título de “Licenciada/o” y aún no han gestionado la matrícula correspondiente en el Colegio, manteniendo la de “Fonoaudióloga/o”. En función de esto se dispone de la eximición extraordinaria en el pago del valor establecido para el “Cambio de categoría de la matrícula de Fonoaudiólogo/a a Licenciado/a” hasta el 15/10/2022 inclusive.

Transcurrido este período, quienes no cumplan con lo dispuesto en la Resolución, omitiendo actualizar la categoría del título profesional que ostentan, quedarán en infracción (Ley 8068 y Estatuto Profesional), siendo pasibles de una multa.

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