Programa para la Inserción Profesional (PIP)

Todo sobre el Programa para la Inserción Profesional (PIP) en Colegio de Fonoaudiólogos de Córdoba 

 

Desde la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo del Gobierno de Córdoba se lanza el  PIP, programa al cual adhiere nuestro Colegio. Los recién egresados de fonoaudiología de Córdoba podrán insertarse laboralmente, ejerciendo junto a profesionales con experiencia, gozando de una asignación estímulo de hasta 7 mil pesos por mes durante un año y participando de capacitaciones impartidas por nuestro Colegio.

Se trata de una oportunidad de inserción laboral para el recién egresado, a la vez que permite a los profesionales de la fonoaudiología incorporar un profesional joven a su consultorio, para trabajar en conjunto y enseñar los primeros pasos del ejercicio profesional. Los aspirantes al beneficio deben ser profesionales matriculados en nuestro Colegio, como así también el profesional que lo incorpore. También empresas o emprendimientos pueden tomarlo en caso de cumplimentar todos los requisitos.
Aquí detallamos toda la información del programa tal lo comunicó la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo del Gobierno de Córdoba al Consejo Directivo de nuestro Colegio:

DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA

  • El Programa PIP nace para apoyar a los profesionales residentes en la Provincia de Córdoba, recientemente egresados, de Universidades públicas e Instituciones de Educación Superior, otorgándoles la oportunidad de realizar un período de práctica laboral-profesional, que les permita ganar en experiencia y aplicar los conocimientos académicos alcanzados.
  • El Programa PIP promoverá la participación de los beneficiarios en los cursos de capacitación impartidos a los profesionales por las entidades universitarias, de Educación Superior y por los Colegios y Consejos Profesionales.
  • Al igual que en los restantes Programas de Empleo, los profesionales que quieran postularse, acudirán a las empresas, estudios y consultorios profesionales, ofreciendo sus servicios en el marco del Programa PIP.
  • El Gobierno Provincial  invita  a los consejos y colegios profesionales a participar del programa,  facilitando la vinculación entre los nóveles profesionales y los estudios, consultorios y otras modalidades de ejercicio independiente de la profesión para realizar las prácticas laborales-profesionales, efectuando el seguimiento y promoviendo su participación en los programas de capacitación que tienen implementados para los profesionales.
  • El Gobierno Provincial  invita  a las entidades académicas y universitarias a adherir al Programa y promover la participación de los beneficiarios, en las ofertas de capacitación  que cada una de ellas brindan a los  profesionales.
PROFESIONALES QUE PUEDEN PARTICIPAR DEL PROGRAMA
  •  El Programa PIP está destinado a  profesionales de ambos sexos, sin límite de edad que hayan egresado hasta 2 (dos) años antes del inicio de las prácticas previstas en el programa.

o   Para las mujeres con hijos, el tiempo transcurrido desde su egreso, podrá ser de hasta 4 (cuatro) años de graduadas.
o   Para las personas con discapacidad o trasplantadas, no hay límite de años respecto a la fecha de egreso.

  • El Programa alcanza a todos los egresados de:

o   Universidades públicas y privadas con título de grado con reconocimiento oficial.
o   Instituciones de Educación Superior en carreras de pregrado con reconocimiento oficial, con una extensión mínima de dos años y medio.

  • Los profesionales beneficiarios, deberán estar matriculados de conformidad a las normas legales vigentes.

CUPO - EXTENSIÓN DEL PERÍODO DE PRÁCTICA LABORAL-PROFESIONAL

  • El período de práctica laboral-profesional será de hasta un 1 (un año), contado desde la fecha de inicio establecida en el cronograma aprobado para cada cohorte. Para los profesionales que se incorporen con posterioridad, el período se extiende hasta el mes de finalización previsto para cada edición del Programa.
  • Se determina en 3.000 el cupo de beneficios disponibles para la edición 2018/2019 del Programa.


ASIGNACIÓN ESTÍMULO

  • La Asignación Estímulo se establece en $ 7.000 mensuales, para los profesionales egresados de carreras universitarias de grado, que realicen 20 horas de práctica profesional semanal y además  asistan a cursos de CAPACITACIÓN de no menos de 100 horas durante el período de la práctica, impartidos por las entidades académicas, así como los que se dicten por los Colegios y Consejos Profesionales . La Asignación Estímulo será $ 6.000 mensuales, si el beneficiario no realiza la capacitación profesional.
  • La Asignación Estímulo se establece en $ 6.000 mensuales, para los beneficiarios egresados de carreras de pregrado de instituciones de Educación Superior con reconocimiento oficial, que realicen 20 horas de práctica profesional semanal y además  asistan a cursos de CAPACITACIÓN de no menos de 100 horas durante el período de la práctica, impartidos por las entidades académicas, así como los que se dicten por los Colegios y Consejos Profesionales. La Asignación Estímulo será $ 5.000 mensuales, si el beneficiario no realiza la capacitación profesional.

COMPATIBILIDADES PARA PERCIBIR EL BENEFICIO

  • Es compatible para el postulante inscripto en el Monotributo hasta Categoría C.
  • Es compatible para el postulante inscripto en el Monotributo Social, Monotributo Eventual y otros similares
  • Es compatible para los Trabajadores Autónomos categoría I.
  • Es compatible con la participación en ediciones anteriores de programas análogos.


INCOMPATIBILIDADES PARA PERCIBIR EL BENEFICIO

  • Es incompatible para personas que no tengan residencia en la provincia de Córdoba.
  • Es incompatible con un empleo en relación de dependencia.
  • Es incompatible con la percepción de jubilaciones o pensiones contributivas.
  • Es incompatible con las pasantías rentadas de los profesionales universitarios.
  • Es incompatible con la percepción simultánea de programas análogos.


REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBERÁN CUMPLIMENTAR LAS EMPRESAS Y EMPLEADORES PRIVADOS.
Requisitos comunes para todas las Empresas y empleadores privados

  • Estar inscriptos regularmente en AFIP.
  • Estar inscriptos como empleadores en AFIP cuando tengan personal en relación de dependencia en las sedes de actividades radicadas en la Provincia de Córdoba.
  • Cuando no tengan personal en relación de dependencia, estar inscriptos como Monotributistas Categoría D o superior; o Trabajadores Autónomos categoría II o superior.

Cantidad total de beneficiarios que pueden incorporar las Empresas y empleadores privados considerando todos los Programas de Empleo del Gobierno Provincial
El cupo total autorizado para las Empresas y Empleadores Privados, incluyendo todos los Programas de Empleo de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, no podrá superar los siguientes topes:

  • Los que tengan hasta 10 empleados registrados: 2 Beneficiarios.
  • Los que tengan 11 a 20 empleados registrados: 4 Beneficiarios.
  • Los que tengan más de 20 empleados registrados en AFIP: 20% de beneficiarios sobre su planta de personal(los decimales se redondean para arriba).
  • Monotributistas Categoría D o superior y Trabajadores Autónomos categoría II o superior: 1 beneficiario.
  • Los estudios, consultorios y otros similares, integrados por más de un profesional, podrán incorporar un beneficiario por cada profesional asociado, siempre que cada uno de ellos sea Monotributista Categoría D, Trabajadores Autónomos categoría II o superiores

APORTE MENSUAL POR CADA BENEFICIARIO DE LAS EMPRESAS O EMPLEADORES PRIVADOS

  • El aporte de las empresas está en relación a la cantidad de empleados en relación de dependencia que tengan.

o   De 1 a 15 empleados (o miembros en caso de estudios) $ 1.000 mensuales por cada beneficiario.
o   Hasta 80 empleados (o miembros en caso de estudios) $ 1.500 mensuales por cada beneficiario.
o   Más de 80 empleados (o miembros en caso de estudios) $ 2.000 mensuales por cada beneficiario.
o   Monotributistas y Trabajadores Autónomos sin empleados: Pesos un mil ($ 1.000.) por beneficiario y por mes;
o   Cada uno de los integrantes de  estudios, consultorios y otros similares, integrados por más de un profesional, que participen como empleadores privados: Pesos un mil ($ 1.000.-) por beneficiario y por mes.
o   Dicho aporte se realizará en la cuenta corriente del Gobierno de Córdoba que ya se está utilizando para los actuales Programas Primer Paso, Primer Paso Aprendiz, PorMí y PILA.

 
DÓNDE SE PUEDEN RETIRAR Y PRESENTAR  LOS FORMULARIOS DE INSCRIPCIÓN

  • En las Mesas de Entradas (SUAC) del Gobierno Provincial.
  • En los Centros de Desarrollo Regional (CEDER) de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo  en la ciudad de Córdoba y en el interior provincial.
  • En la Agencia Córdoba Joven
  • En los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba.
  • En otras entidades interesadas que lo requieran, tales como:

o   Establecimientos educativos Universitarios y Terciarios – y sus respectivas áreas de extensión-
o   Consejos y Colegios Profesionales.
o   En las Cámaras Empresarias y sus respectivos institutos formativos y de investigación.

  • Los formularios de inscripción, podrán descargarse de la Página Oficial de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo (equidadyempleo.cba.gov.ar)
  • Los formularios de inscripción,  también se podrán remitir a través de Correo OCASA, sin abonar franqueo, a la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, Av. Juan B. Justo 3600 - B° Gral. Bustos. CP 5000, Córdoba Capital.
Para descargar el formulario click aquí: https://goo.gl/8hYSmz


CRONOGRAMA:

  • Período de inscripción: 5 de junio al 13 de julio de 2018.
  • Período de revisión y cruces de bases de datos: 16 de julio al 23 de julio 2018.
  • Publicación de los postulantes aptos para el sorteo: 24 de julio 2018.
  • Sorteo en Lotería de Córdoba: 25 de julio 2018.
  • Publicación en la web de sorteados: 26 de julio 2018.
  • Inicio de práctica laboral: 1 de agosto de 2018.

 
Por consultas: info@cfc-cordoba.org

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